Soy solicitante de asilo o protección internacional. Me han denegado mediante resolución expresa mi solicitud antes del 20 de mayo de 2025. ¿Puedo solicitar un Arraigo con el Nuevo Reglamento?
- La respuesta es SÍ. Todas las personas que tuvieran una denegación de asilo o protección internacional antes de la fecha de en vigor del Nuevo Reglamento (20/05/2025) y que demuestren que han pasado 6 meses desde la denegación, sin haber recurrido la denegación del asilo, tendrán la posibilidad desde el 20/05/2025 y hasta el 20/05/2026 de solicitar cualquier tipo de Arraigo con el Nuevo Reglamento.
- Todas las personas que tuvieran una denegación de asilo o protección internacional antes de la fecha de en vigor del Nuevo Reglamento (20/05/2025) y que demuestren que han pasado 6 meses desde la denegación, tendrán la posibilidad desde el 20/05/2025 y hasta el 20/05/2026 de solicitar cualquier tipo de Arraigo con el Nuevo Reglamento.
Soy solicitante de asilo y me deniegan la solicitud con fecha posterior al 20/05/2025. ¿puedo solicitar un Arraigo con el Nuevo Reglamento?
- Sí, pero te verás obligado a esperar a dos años desde la denegación del asilo.