A la hora de revisar y analizar los documentos para presentar el Expediente de nacionalidad por surgen dudas respecto.
Las dudas principales se basan en conocer desde cuándo empieza contar el plazo y si se puede realizar viajes internacionales y su duración
El Código Civil que señala diferentes plazos de residencia legal y continuada para la obtención de la nacionalidad, en resumen, se fijan los siguientes plazos:
- 1 año.
- 2 años.
- 5 años.
- 10 años.
Tomando en cuenta el criterio de la Administración, se suele aplicar los siguientes:
- Si se aplica a la nacionalidad 10 años de residencia no se debe abandonar el territorio español por meses 6 meses consecutivos en esos 10 años (seis meses por cada año). En supuestos de personas que cuentan con una tarjeta de “larga duración “ o “permanente” la Administración puede tener un criterio interpretativo más laxo ya que considerara que la persona tiene suficiente arraigo en territorio nacional.
- Si se aplica a la nacionalidad en supuesto de 1, 2 o 5 años, se considera que las salidas de territorio nacional no pueden superar los 3 meses consecutivos en los respectivos años. Al tratarse de un criterio o requisito a la valoración de la Administración, tras producirse múltiples resoluciones denegatorias de nacionalidad por valorar negativamente las salidas de territorio español que superaban dichos plazos existen doctrina del Tribunal Supremo que se pronuncia a este respecto.
No obstante, se podrán realizar ausencias puntuales por razones justificadas, pero manteniendo la residencia con el territorio español, es decir, manteniendo el trabajo, la familia, propiedades, empadronamiento etc.,
No podemos olvidar que incluso con estos criterios del Tribunal Supremo, la Administración, cuando se superen los periodos continuados de 3 meses /6 meses, suele resolver denegando los expedientes de nacionalidad para que posteriormente, en caso de que el cliente se encuentre interesado se pueda presentar recurso contencioso alegando y justificando el motivo de las salidas de territorio para obtener una resolución favorable a su nacionalidad.