La solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión deberá presentarse personalmente por el familiar en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde el interesado pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente.
En todo caso, se entregará de forma inmediata un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud de la tarjeta, que será suficiente para acreditar su situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta. La tenencia del resguardo no podrá constituir condición previa para el ejercicio de otros derechos o la realización de trámites administrativos, siempre que el beneficiario de los derechos pueda acreditar su situación por cualquier otro medio de prueba.

    Junto con el impreso de solicitud  de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión, deberá presentarse personalmente por el familiar la documentación siguiente (original y copia):

  • Pasaporte completo válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo.
  • En caso de pareja no registrada, documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
  • Si es hijo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja de hecho registrada mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente.
  • Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada.
  • Si es ascendiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo.
  • DNI del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse.
  • Si se trata de otros miembros de la familia, a los que hace referencia el articulo 2.bis.1.a)  del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, documentos acreditativos de la dependencia, del grado de parentesco y, en su caso, de la existencia de motivos graves de salud o discapacidad o de la convivencia.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • Tasas por el importe legalmente establecido

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