1).- comunicación del fallecimiento al banco y solicitud de certificado de posiciones al banco en la fecha del fallecimiento.
Este certificado es necesario para poder liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones.
Además del certificado de posiciones, el banco le entregará notas informativas sobre los seguros que el fallecido hubiese contratado a través de la entidad.
El certificado de posiciones puede pedirse en oficinas, presentando como documentación, además del certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento o acta de notoriedad.
Si el fallecido no otorgó testamento y mientras no se obtenga el acta de notoriedad, el cónyuge y los hijos del fallecido (es decir, los legitimarios) pueden solicitar el certificado de posiciones acreditando que no existe testamento con el certificado de últimas voluntades y aportando, además, el libro de familia.
2.- firma de impresos facilitados por el banco
Para gestionar el trámite de testamentaría, la persona interesada deberá firmar una serie de impresos que le facilitará el banco. En todos los casos, es obligatorio cumplimentar la solicitud de tramitación del expediente de testamentaría, un documento en el que se facilitan los datos de contacto de la persona interesada, que deberá indicar cuál es su relación con la persona fallecida, y los datos de esta última, a fin de que el realice los trámites oportunos para adjudicar o cambiar la titularidad de los depósitos y cuentas que tenía el fallecido.
Para casos en los que el fallecido fuese titular de planes de pensiones, planes de previsión o seguros de vida o accidentes, será necesario que el interesado rellene otros impresos adicionales:
- La solicitud de prestación del plan de p pensiones por fallecimiento.
- La declaración del beneficiario facilitada por la compañía aseguradora.
Paso 3: entrega de documentación
Junto a los formularios indicados, cumplimentados y firmados, la persona que esté gestionando la testamentaría debe aportar una serie de documentación al banco. Además de los ya mencionados certificados de defunción, certificado de últimas voluntades, y testamento o acta de notoriedad (o auto judicial firme de declaración de herederos), deberá entregar:
- Escritura notarial de aceptación y partición de bienes (o el documento privado firmado por todos los herederos con el correspondiente reconocimiento de sus firmas por una entidad financiera nacional u organismo oficial).
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones de los beneficiarios de las posiciones en el banco, acreditando el pago, la exención o la prescripción del citado impuesto.
- Documento de identidad de los herederos.