Si el trabajador pretende cambiar de empresa, esta deberá solicitar y obtener una autorización de residencia para personal altamente cualificado o investigador inicial (si se cumplen los requisitos establecidos en la ley 14/2013).
Una vez obtenida la autorización inicial, el trabajador puede abandonar su puesto de trabajo actual e iniciar la actividad laboral en la nueva empresa.
En relación con las modificaciones, la disposición adicional séptima de la Ley 14/2013 establece que deben mantenerse las condiciones que dieron origen a la autorización durante toda su vigencia. Por lo tanto el trabajador debe continuar con la relación laboral por la que se le concedió la autorización si pretende conservar su autorización y renovar la misma. Si  mantiene dicha relación laboral puede compatibilizarla con la realización de otras actividades laborales ( de acuerdo con la legislación laboral y de seguridad social).
Las modificaciones  en la relación laboral deben comunicarse a la Unidad de Grandes Empresas, incluida la baja del trabajador en la empresa. La comunicación se realizará como subsanación a través de la sede electrónica del Ministerio. Se daría en su caso trámite de audiencia al otro interesado (empleador o extranjero, según quién haya comunicado el cambio) por si tiene alguna alegación que hacer.
Cualquier modificación durante la residencia que afecte a las condiciones de admisión deberá ser comunicada por el interesado a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días.
La comunicación se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio como subsanación:
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