Los requisitos exigidos de manera general para la inscripción como pareja de hecho entre español y nacional extranjero son:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- No estar incapacitado judicialmente.
- No tener relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta.
- No tener relación de parentesco colateral por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.
- No pueden constituir unión de hecho las personas que forman una unión estable y registrada con otra persona.
- Los miembros de la unión de hecho deberán ser solteros, viudos, divorciados o haber obtenido la nulidad matrimonial.
- Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado y ser residente en la Comunidad Autónoma donde se va a producir la inscripción.