Muchos prestatarios que ante el temor de que por parte de la entidad bancaria no se procediera a dejar sin efecto la clausula suelo y, antes de que los Juzgados empezaran a dictar sentencias condenando a los Bancos a la devolución de lo cobrado indebidamente por la cláusula suelo declarada abusiva, prefirieron llegar a un acuerdo extrajudicial firmado por las dos partes por el que el prestatario se comprometía a no reclamar lo cobrado de más por el banco y a cambio éste suprimía la aplicación en su contrato de préstamo de la cláusula suelo. O bien , el prestatario aceptaba que le devolvieran una parte de la cantidad adeudada , y el banco se comprometía a suprimirle a su vez la aplicación de la tan repetida cláusula.
Ahora, una sentencia dictada por el Juzgado de Bilbao especializado para tramitar los procedimientos judiciales de clausulas abusivas, declara nulo el acuerdo extrajudicial firmado por ambas partes y obliga a la entidad bancaria a suprimir las clausula suelo del contrato de préstamo y a devolver las cantidades cobradas de más, desde el principio de la constitución del préstamo o la cantidad que le restaba por abonar al prestatario, haya firmado un compromiso extrajudicial o no.
Parece muy coherente el fallo de esta sentencia, ya que al ser declarada nula una clausula abusiva contractual, de respetar ese acuerdo…..se iría contar la ley …y el contrato se podría considerar parcialmente viciado o nulo.
En base a este argumento, animo a todos los afectados por un acuerdo extrajudicial con su banco, sea lo que sea a lo que con su firma se hayan comprometido a cumplir, a que acudan a los Juzgados a plantear la devolución de TODO lo cobrado indebidamente, pues “el acuerdo” va en contra del espíritu de la ley , y de lo dictaminado por el Tribunal Superior de Justicia Europeo y Tribunal Supremo considerándose por lo tanto viciado y susceptible de ser manifiestamente nulo.